"LOS SEGUROS BARATOS SON COMO EL VINO DE SEGUNDA CALIDAD, SIEMPRE TE HACEN DOLER LA CABEZA."
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Medicinas de Antaño.
Santa Fe: APAS y la ley de ART
Con relación al tema proyecto de modificaciones a la ley de ART, vía Decreto del P. Ejecutivo Nacional, creemos necesario plantear lo siguiente:
1º - Nuestro rol en el asesoramiento del tema RIESGOS DE TRABAJO es cotidiano e imprescindible, tanto para empleados como para empleadores.
2º - El vínculo como mediadores con empleados y empleadores nos da un conocimiento del tema que nos otorga autoridad para ser PARTÍCIPES DE CUALQUIER PROYECTO MODIFICATORIO A LA LEY, por lo que nos ponemos a disposición de la SRT, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de los LEGISLADORES, y de La UART para contribuir con nuestro conocimiento y puntos de vista acerca de esta ley tan importante para el funcionamiento de la economía nacional.3º - Después de varios años de congelamiento del tema, vemos como avance imprescindible en favor de la salud del sistema y la desactivación judicial, actualizando los derechos de los trabajadores: la adecuación de los topes indemnizatorios, la incorporación de nuevas definiciones de las enfermedades profesionales y especialmente la reiteración de las medidas de prevención a los fines de evitar los ACCIDENTES LABORALES en beneficio de los trabajadores, generadores imprescindibles de la actividad productiva.
4º - Como contrapartida vemos que nuestro trabajo parecería ser la UNICA VARIABLE DE AJUSTE del sistema, ya que se intenta poner tope a nuestra remuneración (Ante proyecto Dto N*7), atentando contra la tan mencionada LIBERTAD DE CONTRATACIÓN. Realmente esto nos resulta inexplicable, más si tenemos en cuenta que las iniciativas provienen de un gobierno POPULAR que históricamente ha representado el interés de los trabajadores. También resulta altamente llamativo que por decreto se intente VIOLAR los acuerdos legalmente hechos entre partes, lo que alienta la sensación de estar frente a una elevada dosis de INSEGURIDAD JURÍDICA; ¿o la INSEGURIDAD JURÍDICA es solamente para la EMPRESA?.Por todo ello, consideramos:
a) - Convocar en forma urgente a todos los sectores que somos parte activa del sistema asegurador para la elaboración final de los anteproyectos, buscando así la EXCELENCIA.
b) - Elevar nuestra posición a FAPASA, a las demás APAS y declarar en estado de alerta a todos los productores matriculados a efectos de la defensa de nuestros intereses legítimos en cuanto al reconocimiento profesional, como así también a la salud del SISTEMA de Accidentes Laborales.
c) Destacar que las modificaciones planteadas no SON SUFIENTES para la solución de un tema vital como es dejar abierta LA DOBLE VIA JUDICIAL.
d) Creemos que FAPASA debe marcar el rumbo en nuestra lucha de PAS, tomando recaudos y elevando una posición critica que refleje el malestar de los PAS, demostrando la conveniencia y necesidad de nuestra profesión y participación en las decisiones del sistema de ART .- . e) Aunar esfuerzos con las demás Asociaciones de Productores Asesores de Seguros del país para llevar a cabo lo antes planteado con una mayor representatividad.
SANTA FE, 1 de Septiembre de 2009.
COMISION DIRECTIVA DE APAS SANTA FE
Camina Hacia el Futuro - Walt Disney
mirando hacia atras.
Camina hacia el futuro,
abriendo nuevas puertas y probando cosas nuevas,
se curioso ... porque nuestra curiosidad
siempre nos conduce por nuevos caminos.
Walt Disney
Jurisprudencia: ATENCIÓN!!! Si te adelantas en doble raya te quedas sin protección
Según la jurisprudencia citada en esta ocasión , el damnificado de un accidente de tránsito, quién fue investido por otro, acciona a éste y cita en garantía a la compañía de seguros, quienes invocan exclusión de cobertura, y culpa grave del asegurado, por adelantarse en zona prohibida.
Es un caso muy interesante, porque tanto en 2º Instancia como en la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, confirman el fallo de 1º Instancia, haciendo referencia, fundamentalmente, a que al adelantarse en zonas prohibidas, no sólo configura una culpa grave del asegurado sino que es una causal de exclusión de riesgo expresamente prevista en la póliza del seguro. La misma establecía: "El asegurador no indemnizará los siguientes siniestros producidos y/o sufridos por el vehículo y/o carga transportada: I. Cap. A, B y C inc. 22, cuando el vehículo asegurado se encuentre superando a otros en lugares no habilitados". Esta cláusula de exclusión coloca la situación fuera del contrato, y por ello, queda este evento sin cobertura alguna.
Sin duda, y tal como lo menciona el tribunal en este fallo, en caso de pretender que el contrato cubra este evento dañoso se incrementarían, incalculablemente, dichos eventos.
Dr. Rafael Dominguez-Abogado-MP 1-34220
PARTES: LIMA, NICOLÁS GUSTAVO Y OTRO EN: ARAYA, JOSÉ HERIBERTO Y OTROS C. LIMA, NICOLÁS GUSTAVO Y OTRO PUBLICADO EN: LL (LA LEY ON LINE) GRAN CUYO2007 (DICIEMBRE), 1155 Actualizado ( Jueves, 06 de Agosto de 2009 11:16 )
Todo es Mental.
DOS. Cásate con un hombre/mujer con quien te guste platicar. Conforme envejeces tu sentido por conversar se enriquecerá como cualquier otro.
TRES. No creas todo lo que oyes, no te gastes todo lo que tienes y no duermas todo lo que quieres.
CUATRO. Cuando digas 'te amo', dilo con un profundo sentimiento.
CINCO. Cuando digas 'lo siento' mira a la persona a los ojos.
SEIS. Estar comprometido por lo menos seis meses antes de casarte.
SIETE. Cree en el amor a primera vista.
OCHO. Nunca te rías de los sueños de los demás. Las personas que no tienen sueños, no tienen mucho.
NUEVE. Ama profunda y apasionadamente. Puedes salir herido, pero es la única manera de vivir la vida plenamente.
DIEZ... En desacuerdos, pelea justamente. No digas nombres.
ONCE. No juzgues a la gente por sus familiares.
DOCE. Habla con calma y piensa rápido.
TRECE. Cuando alguien te hace una pregunta que tu no deseas contestar, sonríe y pregúntale 'porque quiere saber eso'.
CATORCE. Recuerda que un gran amor y grandes retos siempre envuelven un gran riesgo.
QUINCE. Di salud cuando oigas a alguien estornudar.
DIECISEIS. Cuando pierdas, no pierdas la lección.
DIECISIETE. Recuerda las tres R´s: Respeto por ti mismo; Respeto por los demás y Responsabilidad por todos tus actos.
DIECIOCHO. No permitas que una pequeña disputa lastime una gran amistad.
DIECINUEVE. Cuando te des cuenta que has cometido un error, toma inmediatamente acciones para corregirlo.
VEINTE. Sonríe cuando tomes el teléfono para contestar una llamada, la persona que llama lo podrá sentir en tu voz.
VEINTIUNO. Pasa algún tiempo solo.
Ahora viene la parte alegre! Compartelo..!!
“La Muerte y el Ajedrez por la vida…”
Todo tiene su tiempo, y todo tiene su hora. Tiempo de nacer, tiempo de vivir y hora de morir. Eclesiastes 3:1-2
ÁMENSE EN SU TIEMPO DE VIVIR …
Era una noche oscura y fría. Daniel bebía un café sentado en su sillón favorito en la sala de estudio de su casa. Su familia dormía, mientras él reflexionaba sobre muchas cosas, tantas, que perdió la noción del tiempo. Eran las tres de la mañana, llevó su taza vacía al lavaplatos, y abrió el refrigerador para prepararse algo de comer.
Cuando cerró la puerta, vio junto a él a una figura muy conocida, pero nada apreciada…era la muerte!!
La espectral imagen le arrebató el sueño en un instante, lo miró fijamente y le dijo con voz tenue ¿Sabes a qué he venido? El asintió con la cabeza y dijo: Sí, lo sé, ya es mi hora.
Confundida, la muerte preguntó a su víctima: ¿No vas a llorar? ¡Todos lo hacen! se arrodillan, suplican, juran que serán mejores, ruegan por otra oportunidad; mientras que tú, aceptas mi llegada con resignación.
¿Puedo despedirme de mi familia? preguntó Daniel con la ligera esperanzade recibir un sí.
No lo entiendes, dijo Daniel con tono de reproche, yo perdí a mi padre cuando tenia 15 años, y mi sufrimiento fue grande… pero mi hija menor tiene tan solo 4, déjame decirle que la amo.
Tuviste 4 años para decírselo, tuviste muchos días libres, muchos cumpleaños, fiestas, y otros momentos en que pudiste decirle a tu hija que la amas … pero ¿Por qué solo pensaste en tu hija?
Mi hijo mayor no me creería, y mi esposa, bueno … a ella no creo que le interese si la amo o no. Nos hemos distanciado mucho. Pero mi niña, no hay día que entre por la puerta y no esté ahí para recibirme con un beso.
Ambos salieron de la casa, un extraño tren aguardaba en la calle y lo abordaron. -No todo es aburrido en el estado de muerte, no puedo decirte lo que pasará al llegar, pero te propongo que juguemos una partida de Ajedrez “para matar el tiempo”.
El juego se inició.
Ah … Supongo que te encargabas de ver si faltaba algún producto, o dinero. Sí, en parte así era. Hay algo que no entiendo … ¿Qué es lo que no entiendes?
¿Por qué ustedes teniendo tantas cosas buenas por hacer, se encierran en el trabajo, se olvidan de los sentimientos, no les importan los demás, se vuelven egoístas y violentos, pero cuando los visito yo, demuestran ternura, humildad, tristeza, miedo, e incluso lloran? ¿Por qué esperan a que llegue yo, si ya nada podrán hacer?
En cambio, yo soy un simple “peón”, haciendo lo que debo hacer y nada más. Mientras ustedes son dueños de su propia vida, capaces de decidir qué harán con ella ¿y para qué? si su decisión más común es desperdiciarla viviendo sin manifestar cariño y amor… Te creí más cruel, comentó Daniel. ¡Nada es lo que parece! El silencio reinó por unos instantes mientras Daniel ponía en jaque a la muerte.
Ya las lágrimas se habían secado del rostro de Daniel y de pronto exclamó suavemente ¡Jaque Mate! La muerte sonrió y dijo: ¡Felicidades!
En cambio, yo soy un simple “peón”, haciendo lo que debo hacer y nada más. Mientras ustedes son dueños de su propia vida, capaces de decidir qué harán con ella ¿y para qué? si su decisión más común es desperdiciarla viviendo sin manifestar cariño y amor…
Dime … ¿qué pensabas cuando te casaste? Pensaba en ser feliz, en formar una linda familia, en formar parte de la alta sociedad.
Ya las lágrimas se habían secado del rostro de Daniel y de pronto exclamó suavemente ¡Jaque Mate! La muerte sonrió y dijo: ¡Felicidades!
Daniel suspiró y respondió: Es una pena que no sirva de nada. No me importaba ganar, de todos modos ya estoy aquí …
Daniel intentó calmarse, pero al abrir los ojos estaba de nuevo en su viejo sillón. Eran las 6:45 de la mañana, y en lugar de gritar
Luego, entró a la habitación de su hija y la besó, a la de su esposa e hizo lo mismo. Entró al cuarto donde dormía su hijo mayor, le hizo cosquillas en los pies, y le dijo: hijo, despierta ¡es domingo!
No juguemos ese ajedrez,
Jurisprudencia: Los contratos de seguro ¿Configura una restricción a la Autonomía de la Voluntad?
Cuando hablamos de contrato de seguro, estamos haciendo referencia a un tipo de contrato, con algunos aspectos particulares.
El art 1137 del Cod. Civil, nos brinda una definición al respecto, diciendo: “Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.”
Es importante destacar que no todo acuerdo de voluntades, necesariamente implica un contrato.
El contrato, implica la unión de la oferta y la demanda, mediante un instrumento jurídico, denominado contrato.
Hay que tener presente que la mayoría de los contratos, no son contratos escritos, ni formales. Imaginemos en este aspecto, la innumerable cantidad de contratos que celebramos en el día, cuando vamos al supermercado, cuando compramos y chicle, cuando vemos un espectáculo, etc
Uno de los principales elementos de todo contrato, es el acuerdo de las partes, sobre la declaración de voluntad común, lo cual implica que por medio de la Autonomía de la voluntad, las partes podrán negociar ante todo, si contratan o no, el contenido del contrato, sobre que contratan, como se van a obligar ambas partes, etc, con la única restricción de no violar la Ley o la moral.
Para las partes, este contrato, será como la ley misma, y deberán respetarlo para no incurrir en un incumplimiento.
Pero no todos los contratos poseen la misma estructura.
En el ámbito del seguro, como en muchos mas, se caracteriza por contratar bajo cláusulas preestablecidas, con lo cual, nos encontramos frente a un tipo de contrato, que son los CONTRATOS DE ADHESIÓN.
En este tipo de contratos, una de las partes entrega a la otra, las cláusulas preestablecidas o de adhesión, con lo cual no existe la libre discusión de las cláusulas, sino que simplemente la parte acepta o no. Mientras que en los contratos de Discusión, justamente entre ambas partes se llegan a acuerdos, respecto del contenido del contrato, es decir, se los arma de común acuerdo.
Frente a esto, y para citar algún ejemplo jurisprudencial, en los autos
Justamente por esta situación de debilidad en la que se encuentra, toda vez que las cláusulas no fueron discutidas libremente por ambas partes, sino que existe en estos tipos de contrato, una parte muy fuerte, que es quien redacta las cláusulas del mismo, frente a la otra que solo puede aceptar o no, sin modificar su contenido, por lo cual, la justicia le confiere una tutela especial.
Actualizado ( Viernes, 24 de Julio de 2009 18:29 )


