"LOS SEGUROS BARATOS SON COMO EL VINO DE SEGUNDA CALIDAD, SIEMPRE TE HACEN DOLER LA CABEZA."

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EL VUELO DEL ABEJORRO

Por: Rafaela Araujo

Anoche miraba por televisión un programa en el Discovery Chanel. Trataba sobre el vuelo de los insectos y lo que pueden enseñarle al hombre respecto de la aerodinámica.

El programa mostraba el delicado vuelo de la mariposa, el sofisticado vuelo de mosca, el torpe volar de los escarabajos, el rítmico vuelo de la abeja y el "imposible vuelo del abejorro".

Un ingeniero mecánico, especialista en aerodinámica decía que era imposible, desde la estructura corporal del abejorro, que éste pudiera volar: tiene una masa corporal demasiado grande para ser soportada por alas tan diminutas. Con esas proporciones es imposible que ese "bicho" pueda volar.

Habría que hacerle unas correcciones en su diseño estructural para que siquiera pueda sostenerse en el aire por unos cuantos segundos:

§ Reducir su abdomen en un 40% de su tamaño.
§ Agrandar sus alas en un 100%
§ Quitarle la vellosidad que lo caracteriza para que no oponga resistencia al aire.

Aún con estos cambios - decía el especialista - será un volador muy torpe y no podrá sostenerse durante mucho tiempo en el aire.

Sin embargo, mientras el técnico se esforzaba por demostrar la imposibilidad del vuelo del abejorro, allí estaba este bicho negro, desproporcionado y peludo volando plácidamente contra toda ley aerodinámica, libando despreocupado el néctar de una flor.

Por fortuna el abejorro no ve Discovery Chanel, ni presta atención a los supuestos especialistas.

La enseñanza que me dejó este programa fue que, en último término, nosotros mismos tenemos el poder de decidir lo que creemos y esperamos de nosotros.

No permitamos que nos pongan limitaciones sobre lo que podremos llegar a ser.

Me entristece encontrarme con muchachos que se consideran torpes, o brutos, o malos, porque eso fue lo que escucharon constantemente de los labios de sus propios padres.

¡¡¡Alto!!! ¡¡¡No más!!! Aprendamos del abejorro: nadie se eleva más allá de sus propias expectativas. Si esperas poco de ti mismo, darás poco.

Si piensas en grande, alcanzaras grandezas...

No les cortes las alas a tus seres queridos... Si les enseñas a soñar volarán muy alto y ¡quién sabe cuál será la próxima flor que visiten!

Sólo es posible ser feliz si escuchamos nuestra voz interior y dejamos de lado las palabras de quienes intentan destruirnos, desacreditarnos, o nos llenan de desesperanza, o nos desalientan... Esa voz interior tiene que ser tan potente que al escucharla podamos engrandecernos, tener fe y esperanza y sentir que todo es posible.

Todos nosotros deberíamos tener plena confianza en nuestras ideas y proyectos, y hacer oídos sordos ante quienes pretenden destruirlos sin fundamentos.

Después de todo siempre es preferible intentar volar, desplegar las alas, elevarnos por sobre todo dejándonos llenar sólo por esa vocecita interior que nos dice: usted puede!!!

Intentemos, probemos, no dejemos que otros pisen nuestros sueños, no dejemos que los demás intenten destruir esos pequeños castillos de arena que creamos en nuestro corazón...Tal vez esos castillos que hoy creemos que sólo están en nuestros sueños mañana se hagan realidad y nos conviertan en verdaderos reyes de nuestra propia vida...

Referencias bibliográficas del artículo
Fuente:
http://www.buscandoeldorado.com/ (Suscripción gratuita)

ARAUJO, RAFAELA, “El Vuelo deL Abejorro”, En: Buscando El Dorado, Boletín Electrónico Semanal, Vol.1, Año 1, Nº 17, Semana del 5 al 11 de diciembre de 2005, publicado por la Editora Argonauta S.R.L., Santa Cruz, Bolivia, 2005, pp. 6-7, www.buscandoeldorado.com.
Esta nota ha sido tomado del Foro: Hablemos de Multinivel, pág. 8, Venezuela, 7 de noviembre de 2004. En:
http://foros.cantv.net/forum/forum_posts.asp?TID=10813&PN=0&TPN=8, Internet.

¿Sera Buena Tanta Seguridad?

PEDIR UNA PIZZA EN EL 2008
Lo que sigue es una descripción de lo que puede llegar a ser el encargar una pizza en los EEUU en el año 2008.El corresponsal desde USA agrega que este diálogo imaginario sería muy gracioso... de no ser que de seguir así las cosas se volverá absolutamente real.
OPERADOR: Gracias por llamar a Pizza Hut. ¿Puedo tener su Número de Identificación Nacional?
CLIENTE: Este... es que yo solo quiero encargar una pizza...
OPERADOR: Pero para es o yo debo tener su Número de Identificación Nacional.
CLIENTE: Bueno... mi número es... espere... 610 2049998 - 45 - 54610.
OPERADOR. Gracias, Mr. Sheehnan. Veo que Usted vive en 1742 Meadowland Drive, su teléfono particular es el 494 2366, su oficin a está en Lincoln Insurance con teléfono 745 2302, y su celular es el 266 2566. Y usted está llamando, veo, desde su casa.
CLIENTE: Es realmente cierto... pero ¿de donde saca toda esa información?
OPERADOR. Es que estamos conectados a la HSS.
CLIENTE: ¿Y eso que es?
OPERADOR. El Sistema Nacional de Seguridad. Esa conexión agrega tan solo 15 segundos al tiempo de cada pedido. Bueno, ¿que pizza quiere?
CLIENTE: Quisiera dos de sus "All meat special pizza".
OPERADOR: No creo que sea una buena idea, señor...
CLIENTE: ¿Como? ¿Que dice?
OPERADOR: Señor, sus informes médicos y otros sensores nos indican que Usted es hipertenso, y lo que es mas, su colesterol y triglicéridos ya duplican los valores aceptables. El Seguro Nacional de Salud no nos autoriza a venderle algo que constituye para usted una elección muy peligrosa.
CLIENTE: Pero... ¿y que me recomienda?
OPERADOR: Lo ideal para Usted sería nuestra "Low fat " pizza de soja. Le aseguro que le encantará.
CLIENTE: ¿Y porque se imagina que eso puede llegar a gustarme?
OPE RADOR: Es que vemos en pantalla que la semana pasada Usted consultó en una biblioteca pública el libro: "Porotos de soja para el gourmet". Por eso le sugerí la pizza de soja.
CLIENTE: Bueno, en fin... Mándeme dos, de tamaño familiar.
OPERADOR: Perfecto. Eso será suficiente para Usted, para su esposa y sus dos hijos. Y las sobras servirán para alimentar a sus dos perros. El total es 49.99 US$.
CLIENTE: Bien, tome el número de mi tarjeta de crédito...
OPERADOR: Lo siento, señor. Deberá pagar en efectivo. Vemos que su crédito en la tarjeta VISA está totalmente excedido.
CLIENTE: No se preocupe, hasta que lleguen iré al cajero para sacar el efectivo.
OPERADOR: No creo que sea posible, señor. No podrá sacarlo pues también ya excedió el límite del efectivo disponible.
CLIENTE: Venga igual. Tengo conmigo el efectivo necesario en casa. Y tenemos hambre, ¿cuanto demorarán?
OPERADOR: Estamos un tanto demorados, unos 55 minutos aproximadamente. Veo que está cerca, si usted quiere puede retirarlas personalmente, aunque ignoro si tiene ganas de cargar pizzas en una moto.
CLIENTE: ¿Y como sabe que no iré en auto?
OPERADOR: Me aparece que, dado que usted se demoró en el pago de las cuotas, su automóvil fue incautado por el vendedor hace dos meses. En cambio su moto Harley ya está pagada y usted llenó el tanque ayer por la tarde.
CLIENTE: Pero, por que no se van a la #&%#º/()=@@!!!!
OPERADOR: Yo le aconsejo, señor, que modere su lenguaje. Veo que fue denunciado por un policía de tránsito hace 14 meses por insultarlo y... ah, sí... veo que un juez lo condenó a pasar tres meses en prisión por igual delito... Y salió hace dos semanas... ¿Son estas las primeras pizzas que encarga desde que salió en libertad?
CLIENTE: .... (sin habla).
OPERADOR: ¿Algo mas, señor?
CLIENTE: Sí. Tengo el cupón de un aviso de Uds. por una Coca Cola de 2 litros sin cargo.
OPERADOR: Lo siento, pero nuestro aviso, en la letra pequeña, incluía una cláusula que indicaba que estamos inhibidos de ofrecerle gaseosas a diabéticos, tal como la Constitución recién sancionada lo indica. Y usted aparece en un reciente chequeo con un principio de diabetes. Muchas gracias...

Frase del Día


"Nuestra crítica consiste en reprochar a los demás el no tener las cualidades que nosotros creemos tener."

Jules Renard (1864-1910) Escritor y dramaturgo francés.

El peatón ahora también es responsable.

Los accidentes de tránsito producidos entre un automóvil y un peatón son moneda corriente, incrementando de forma elevada los costos indemnizatorios de las aseguradoras por los altos montos de las condenas.

Generalmente, la jurisprudencia siempre trató de proteger al peatón por ser la parte más débil en este accionar, además de entender que los conductores deben tener siempre el pleno dominio del automóvil como cosa riesgosa hasta con los peatones distraídos e imprudentes.

La Ley de Tránsito establece explícitamente que el peatón debe cruzar la calzada por la senda peatonal, siendo el lugar lícito y excluyente para hacerlo. Por este motivo, la Justicia comenzó en forma aislada a establecer una culpa compartida cuando el peatón se accidentaba cruzando fuera de dicha senda peatonal, aunque una mayor medida de responsabilidad le corresponde al conductor, por el riesgo que implica manejar un automóvil.

Los argumentos en la defensa del automovilista es lo que impone la Ley de Tránsito para el peatón y que también deben respetarla y acatar las consecuencias, si estos no cumplen con la misma. El cumplimiento de la ley es igual para ambos, peatón y automovilista, y en éstos términos de responsabilidad se está orientando la jurisprudencia de la Exma, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

El día que me volví invisible

(Para que no olvidemos a nuestros padres, abuelos, bisabuelos)

No sé a cómo estamos. En esta casa no hay calendarios, y en mi memoria los días están hechos una maraña. Me acuerdo de esos calendarios grandes, unos primores, ilustrados con imágenes de paisajes que colgábamos al lado del tocador.

Ya no hay nada de eso, todas las cosas antiguas han ido desapareciendo. Y yo, yo también me fui borrando sin que nadie se diera cuenta.

Primero me cambiaron de cuarto, pues la familia creció.

Después me pasaron a otra más pequeña aún, acompañada de una de mis biznietas. Ahora ocupo el cuarto de los trabajos, el que está en el patio de atrás.

Prometieron cambiarle el vidrio roto de la ventana, pero se les olvidó, y todas las noches por allí se cuela un airecito helado que aumenta mis dolores reumáticos.

Desde hace mucho tiempo tenía intenciones de escribir, pero me he pasado semanas buscando una pluma, y cuando al fin la encontraba, yo misma volvía a olvidar en dónde la había puesto.

A mis años, las cosas se pierden fácilmente, claro que es una enfermedad de ellas, de las cosas, porque yo estoy segura de tenerlas, pero siempre se desaparecen.

La otra tarde caí en la cuenta de que también mi voz ha desaparecido.

Cuando les hablo a mis nietos o a mis hijos, no me contestan.

Todos conversan sin mirarme, como si yo no estuviera con ellos, escuchando atenta lo que dicen.

A veces intervengo en la conversación, segura de que lo que voy a decirles no se le ha ocurrido a ninguno y que les van a servir de mucho mis consejos, pero no me oyen, no me miran, no me responden.

Entonces, llena de tristeza, me retiro a mi cuarto antes de terminar de tomar la taza de café.

Lo hago así de repente, para que comprendan que estoy enojada, para que se den cuenta de que me han ofendido y vengan a buscarme y me pidan disculpas.

Pero nadie viene.

El otro día les dije que cuando muriera entonces sí que me iban a extrañar. El niño más pequeño dijo: "¿Ah... es que tú estas viva, abuela?".

Les cayó tan en gracia que no paraban de reír.

Tres días estuve llorando en mi cuarto, hasta que una mañana entró unos de los muchachos a sacar unas llantas viejas y ni los buenos días me dio.

Fue entonces cuando me convencí de que soy invisible.

Me paro en medio de la sala para ver si aunque sea estorbo, pero mi hija sigue barriendo sin tocarme. Los niños corren a mi alrededor, de un lado al otro, sin tropezar conmigo.

Cuando mi yerno se enfermó, tuve la oportunidad de serle útil: le llevé un té especial que yo misma preparé.

Se lo puse en la mesita y me senté a esperar que se lo tomara. Sólo que estaba viendo la televisión y ni un parpadeo me indicó que se daba cuenta de mi presencia.

El té, poco a poco se fue enfriando. Mi corazón también.

Un viernes se alborotaron los niños y me vinieron a decir que al día siguiente nos iríamos todos de día de campo. Me puse muy contenta ¡Hacía tantos años que no salía, y menos al campo! Entonces el sábado fui la primera en levantarme.

Quise arreglar mis cosas así que me tomé mi tiempo para no retrasarlos. Al rato entraban y salían de la casa corriendo y echaban bolsas y juguetes al coche.

Yo ya estaba lista y, muy alegre, me paré en el zaguán a esperarlos.

Cuando arrancaron y el auto desapareció envuelto en el bullicio, comprendí que yo no estaba invitada, tal vez porque no cabía en el coche o por que mis pasos tan lentos impedirían que todos los demás corretearan a gusto por el bosque.

Sentí clarito cómo mi corazón se encogió.

La barbilla me temblaba como cuando uno ya no aguanta las ganas de llorar.

Vivo con mi familia y cada día me hago más vieja, pero cosa curiosa, ya no cumplo años.

Nadie me lo recuerda. Todos están tan ocupados. Yo los entiendo, ellos sí hacen cosas importantes. Ríen, gritan, sueñan, lloran, se abrazan, se besan.

Yo ya no sé a qué saben los besos. Antes besuqueaba a los chiquitos, era un gusto enorme el que daba tenerlos en mis brazos como si fuesen míos.

Sentía su piel tiernita y su respiración dulzona muy cerca de mí. La vida nueva se me metía como un soplo y hasta me daba por cantar canciones de cuna que nunca creía recordar...

Pero un día mi nieta, que acababa de tener a su bebé, dijo que no era bueno que los ancianos besaran a los niños, por cuestiones de salud.

Ya no me les acerqué más, no fuera ser que les pasara algo malo a causa de mis imprudencias. ¡Tengo tanto miedo de contrariarlos!

Ojalá que el día de mañana, cuando ellos lleguen a viejos... Sigan teniendo esa unión entre ellos para que no sientan el frío ni los desaires.

- Que tengan la suficiente inteligencia para aceptar que sus vidas ya no cuentan, como me lo piden.

- Y Dios quiera que no se conviertan en "viejos sentimentales que todavía quieren llamar la atención".

- Y Que sus hijos no los hagan sentir como bultos para que el día de mañana no tengan que morirse estando muertos desde antes... como yo.

Vamos a cuidar a nuestros mayores.

Autor: Silvia Castillejos Peral

¿Qué Elije? Prejuicio Religioso o Juicio de Mala Praxis.

PRAXIS MEDICA. PROTECCION DEL PROFESIONAL

A pedido de profesionales asegurados (clientes) publicamos nuevamente este artículo y recomendamos la lectura de la serie completa, ya que,

no por religión, sino por riesgo de contagio, numerosos pacientes solicitan cirugia sin transfusiones de sangre.

Existiendo alternativas científicamente comprobadas a nivel mundial,
es injustificable no respetar la voluntad y el derecho del paciente a quien se suele calificar de “fanático religioso”,

cayendo en el error de que

el profesional puede ser calificado como mas "fanático religioso"

al imponer sus prejuicios por sobre los derechos constitucionales de su paciente, demostrando

falta de capacitación e información de los avances de la medicina en intervenciones quirúrgicas sin sangre.

FUENTE: Suplemento del Diario del Mundo Hospitalario Publicación de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires Año 4 . Nº 15 . Julio de 2000
TRANSFUSIONES DE SANGRE A TESTIGOS DE JEHOVA
Cuando el médico se enfrenta a un testigo de Jehová que se niega a recibir una transfusión de sangre debe tener en cuenta la voluntad expresa de ese paciente, aunque existen excepciones y resguardos legales que es necesario que conozca para no dejar de cumplir con su misión como profesional de la salud, salvar vidas, ni correr riesgos legales

TESTIGOS DE JEHOVÁ ¿TRANSFUSION O NO?

Dr. Daniel Márquez, médico y abogado

El tema de los Testigos de Jehová tiene aristas espinosas para los médicos, que sin comprender muy bien por qué, se encuentran con la sorpresiva oposición del paciente a ser transfundido aún bajo expresa indicación médica y con inminente riesgo para su vida. La primera reacción, por el simple hecho de ser educados para salvar la vida, es ignorar esa voluntad expresa del enfermo sin saber las implicancias legales que puede conllevar. El motivo primordial de este trabajo es conocer el estado actual de la situación y saber qué se debe hacer en cada circunstancia

EL RECHAZO A LA SANGRE. SU ORIGEN
El rechazo a las transfusiones sanguíneas se basa en diversos pasajes de Génesis, Levítico, Deuteronomio y Hechos de los Apóstoles.

En Génesis 9:4 podemos leer: “Tan sólo os abstendréis de comer carne que tenga aún dentro su vida, es decir, su sangre”. Levítico 7:26: “Donde quiera que habitéis, no comeréis sangre alguna ni de ave ni de bestia”. Levítico 7:27: “Quien llegue a comer sangre, cualquiera que sea, será extirpado de su pueblo” Deuteronomio 12:15: “Podrás, sin embargo, siempre que quieras, matar animales y comer su carne, en la medida en que Yavé, tu Dios te haya bendecido en todas tus ciudades, y podrán comerla el puro y el impuro, como si fuese gacela o ciervo” Deuteronomio 12: 16: “Pero la sangre no la comeréis: la derramaréis en la tierra como el agua”. Deuteronomio 12: 23: “Ten sólo buen cuidado de no comer la sangre, porque la sangre es la vida y no debes comer la vida con la carne”; Deuteronomio 12: 24: “Así que no la comas: la derramaréis en tierra como el agua”. Deuteronomio 12: 25: “No la comerás, para que seas feliz, tú y tus hijos después de ti, por haber hecho lo que es justo a los ojos de Yavé”.

Y en Hechos de los Apóstoles, en el seno de una controversia sobre los gentiles recientemente convertidos al cristianismo, se hacen las siguientes aclaraciones: Hechos 21:25 “En cuanto a los gentiles que han abrazado la fe, ya les hemos enviado a decir que, según nuestra determinación, debían abstenerse de lo sacrificado, de sangre, de carne sofocada y de fornicación”.

Pero no sólo basan su rechazo en la Biblia sino que también postulan otros motivos de justificación. Los Testigos defienden su doctrina del rechazo a la sangre siguiendo una triple vertiente: la puramente religiosa, la ético–jurídica y la “científica”. De la religiosa ya hablamos; la segunda es empleada constantemente para apoyar a la primera y utiliza básicamente apelaciones a la libertad de consciencia, al “derecho a escoger” y a la potestad de decidir de los padres respecto a los hijos, con un oportuno refuerzo de decisiones de diversos tribunales al respecto. La tercera no es menos tortuosa que las otras dos; se basa en demostrar que:
1. Las transfusiones sanguíneas son peligrosas.
2. Son innecesarias, pues existen otras alternativas “de calidad”.

Algunas técnicas utilizadas para minimizar las pérdidas sanguíneas son dejadas a la conciencia de cada Testigo que según ellos deberá justificarse frente a Dios. Utilización del cela saver, hemofiltración, autotransfusión normovolémica (siempre que la sangre se mantenga en movimiento y en contacto con el paciente).

ANALISIS DE LA SITUACION LEGAL EN NUESTRO PAIS
En la Argentina, la ley 17.132, que rige el ejercicio profesional de la medicina, en su art. 19 dice que “los profesionales que ejerzan la medicina están sin perjuicio de lo que establezcan las demás disposiciones legales vigentes, obligados a: ... Inc. 3º: Respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de inconsciencia, alienación mental, lesionados graves por causas de accidentes, tentativas de suicidio, de delitos...”.

En ese sendero parece transitar el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, denominado “Bahamondez” (LL, 1993-D-l25), donde se señaló que el art. 19 de la ley 17.132 de ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades de Colaboración dispone en forma clara y categórica que los profesionales deben respetar la voluntad del paciente en su negativa a tratarse o internarse “...ello con total independencia de las motivaciones de la decisión del paciente, en la que obviamente le es vedado ingresar al Tribunal en virtud de lo dispuesto por el art. 19 de la Constitución Nacional, en la más elemental de sus interpretaciones” (del voto de los doctores Barra y Fayt); y que “la posibilidad de que los individuos adultos puedan aceptar o rechazar libremente toda interferencia en el ámbito de su intimidad corporal es un requisito indispensable para la existencia del mencionado derecho a la autonomía individual, fundamento sobre el que reposa la democracia constitucional” (del voto de los doctores Belluscio y Petracchi).

De la doctrina y del marco del ordenamiento jurídico nacional: Constitución Nacional (CN): Preámbulo, art. 19; art. 42; Código Civil: art. 53; etc., se extrae que, el ejercicio de la libertad deriva en una regla de autonomía que importa la posibilidad de decidir sin condicionamientos externos, derivándose de ello una regla general de libertad, es la autonomía para decidir en libertad sobre sus derechos a la intimidad, a vivir su propia enfermedad, a rechazar tratamientos o internaciones, a su integridad psicofísica, al derecho a la salud y a la vida, a una buena calidad de vida, y a una muerte digna.1

DESARROLLO DE LA JURISPRUDENCIA

Avala la libertad de conciencia, de libre disposición del cuerpo y básicamente de todos los derechos personalísimos.

- La decisión que autorizó la práctica de transfusiones de sangre a quien se había negado a recibirlas debido a sus creencias religiosas es contraria a los arts. 14 y 19 de la CN si no existió ningún interés público relevante que justificara la restricción en su libertad personal. (Mag: Levene, Nazareno, Moliné O'Co-nnor. Vot: Barra, Fayt. Dis: Cavagna Martínez, Belluscio, Petracchi, Boggiano. B. 605. XXII. Bahamondez, Marcelo s/ medida cautelar. 06/04/93).

- La negativa a dejarse transfundir importa un señorío sobre el propio cuerpo y, en consecuencia, de un bien reconocido como de su pertenencia, garantizado por la declaración que contiene el art. 19 de la CN. La estructura sustancial de la norma constitucional está dada por el hombre, que despliega su vida en acciones a través de las cuales se expresa su obrar con libertad. De este modo, vida y libertad forman la infraestructura sobre la que se fundamenta la prerrogativa que consagra el art. 19 de la CN. CC0103 LP 218314 RSD-358-94 S 29-12-94, Juez Pérez Crocco (SD) Sosa, Miguel Angel s/ Certificación de firma. Mag. votantes: Pérez Crocco-Roncoroni.

- En el derecho público local -Provincia de Santa Fe- existe una norma expresa que dispone que nadie puede ser obligado a un tratamiento sanitario determinado, salvo por disposición de la ley, que en ningún caso puede exceder los límites impuestos por el respeto a la persona humana (art. 19 de la Constitución de Santa Fe) (en el sub lite, se trata de un testigo de Jehová que se encuentra internado por haber sufrido un accidente laboral y quien mediante una constancia denominada “Documento Médico” puso de manifiesto su voluntad expresa de oponerse a transfusiones de sangre, aunque los médicos las consideren vitales para su salud). Juzgado en lo Civil y Comercial de Primera Instancia Rosario, marzo 20-1995. ED, 162-624.
COMO PROCEDER

La forma de proceder queda supeditada a múltiples factores; estos son sin perjuicio de otros, edad del paciente, estado mental, estado de conciencia, si afecta o no a un tercero.

1.- Debemos tener en cuenta que Los Testigos de Jehová han provisto respuestas alternativas a las transfusiones, por lo que el tema debe ser presentado y discutido con el paciente, si tiene conciencia absoluta de la realidad, para que el mismo manifieste por escrito su decisión (la que deberá ser siempre aceptada y respetada), y si tiene algún recurso diferente al propuesto por el médico.

Se suelen presentar munidos de una hoja de instrucciones y de un consentimiento que han preparado de acuerdo a sus creencias (para ser insertada en la historia clínica), y una tarjeta identificatoria acerca de su negativa (que deben portar firmada), para casos de urgencia en que su estado de conciencia no permita expresar inequívocamente su voluntad.
Ambas constituyen, además, directivas anticipadas del rechazo de transfusión que liberan al médico de ser acusado de mala praxis.

Asimismo tienen un Comité de Enlace para los hospitales, disponible para la consulta y la cooperación con el equipo tratante en la medida de sus posibilidades. Ante situaciones puntuales y de urgencia, y a pesar de todo lo comentado más arriba, teniendo el médico dudas de cómo proceder deberá solicitar la autorización judicial al juez de turno. Esto, si del análisis del profesional surge la imperiosa necesidad de transfundir para salvar la vida del paciente.

2.- Las creencias religiosas de los padres no pueden afectar la posibilidad de vivir de sus hijos menores o por nacer. Y así lo opinó la jurisprudencia: San Isidro, 19 de marzo de 1999: la paciente P. E. H., quien debe someterse a una intervención quirúrgica (cesárea iterativa) se niega a recibir en caso de ser necesario transfusión de sangre en virtud de sus convicciones religiosas, por lo que el jefe del servicio de Obstetricia del hospital Materno Infantil de San Isidro, solicita la autorización judicial a efectuar la transfusión pese a la negativa reseñada, lo que pone en riesgo la salud de la paciente y de su futuro hijo. El juez resolvió que “los profesionales actuantes deberán respetar la decisión de la paciente P. E. H. de no transfundirle sangre, salvo que dicha conducta ponga en riesgo la salud de la persona por nacer...”.

En principio, el derecho a la libertad religiosa, a la dignidad propia y que no tenga firmado educar a sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, debe ceder frente al derecho a la vida y a la salud de los incapaces. Ellos son terceros que carecen de discernimiento para adoptar una convicción religiosa propia, y si bien los padres de menores ostentan el ejercicio de la patria potestad, este no debe ser abusivo. Al no poder decidir el menor por sí mismo, el derecho a la vida goza de primacía por ser un bien insustituible una vez que se pierde. En caso de oposición de los padres de los menores o representantes de los incapaces a que se efectúe la transfusión de sangre y que el médico lo considere imprescindible para salvar la vida, se debe recurrir a la justicia para que otorgue la correspondiente autorización.

De cualquier forma, el menor deberá ser oído, sobre todo en el caso de considerar que ha adquirido la suficiente madurez física y mental para opinar y ser oído en procesos judiciales (art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño).

3.- Para el caso del paciente inconsciente, y siempre y cuando el mismo no tuviera previamente firmada la negativa escrita, cuando se estime que dicha negativa esté vigente y haya sido tomada con libertad de discernimiento. En caso contrario la ley 17.132 inc. 3º autoriza al médico a proceder según su leal saber y entender.
El profesional que sienta, ante esta situación,
vulnerados sus principios y convicciones
se puede apartar del caso en tanto y en cuanto haya
otro médico que se pueda
hacer cargo del paciente.

1 GARAY, Oscar E. Código de Derecho Médico, Ad-Hoc.
2 Boletín de Jurisprudencia. Año 1985, Nº 4. Pág. 313.
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El fumar es perjudicial para conducir

En la Argentina, varios accidentes de tránsito fueron causados por distracciones mientras se conducía usando dispositivos móviles, como el celular. Tampoco se está exento de riesgos si se conduce usando celulares con “manos libres”, fumando o manipulando objetos como reproductores de música.

Un estudio realizado en Australia alerta sobre la alta probabilidad de sufrir un accidente cuando se utiliza manualmente un teléfono móvil, el riesgo se multiplica un 4,8%. A su vez, el riesgo de conducir con un dispositivo de manos libres también se multiplica en un 3,8%

Fumar durante la conducción es otra de las causas de distracción más significativa. Encender y apagar el cigarrillo, una mano inutilizada para el volante, humo o ceniza en los ojos, son circunstancias que provocan la distracción.

Las compañías de seguros inglesas constatan en un estudio que al menos el 5% de los accidentes de tránsito es atribuible al hecho de fumar en el interior del vehículo, y de acuerdo con otro estudio estadounidense, publicado en "Preventive Medicine", los fumadores multiplican por 1,5% el peligro de tener un accidente de circulación.

En Buenos Aires ha aumentado la cantidad de multas por conducir y hablar con el celular. Hasta el 1° de octubre se realizaron 190.000 multas por usar la telefonía móvil. Esta infracción se incorporó al Código de Faltas porteño en año 2000, con el artículo 6.1.26, fijando una multa de entre $100 y $1.000 pesos para quien "conduce un vehículo manipulando" un celular o auriculares. Pero debido al incremento de esta infracción, la Legislatura está analizando modificar el artículo, incluyendo también quien "se encuentre redactando o enviando mensajes de texto", con una multa de $ 200 a $ 2.000 pesos.