"LOS SEGUROS BARATOS SON COMO EL VINO DE SEGUNDA CALIDAD, SIEMPRE TE HACEN DOLER LA CABEZA."

Jorge Antonio Farias - Mat SSN 69.145

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9 pasos hacia la libertad financiera (6)

Pasos prácticos y espirituales para dejar de preocuparse por Suze Orman
Paso 8: Comprenda el ciclo natural del dinero
Cuando las cosas que ocupaban nuestra mente sobre el dinero, quedan sepultadas en el pasado, comenzamos a ver los eventos de la vida de forma diferente. ¿No le ha pasado que de pronto lo despiden de su trabajo, y luego le contratan en un lugar donde se siente mucho más contento? A veces uno se dice a sí mismo: “si para esa época hubiera sabido lo que se ahora”.
El tiempo puede darnos muchas lecciones, pero a menudo pasan años para aprenderlas. Este octavo paso hacia la libertad financiera es sobre comprender y aceptar los ciclos naturales del dinero, algunas veces son armoniosos y otros no, al igual que los ciclos de nuestro cuerpo o nuestro planeta.
Es muy importante aprender a aceptar que a veces tiene más dinero del esperado y a veces no. No importa lo bien planificado que tenga todo, a veces el futuro financiero no se comporta de la forma que lo predijo.
No crea en la buena o mala suerte. Usted debe tener una visión a largo plazo de su futuro financiero. Las ganancias y pérdidas son parte de un ciclo natural y no tienen que ver con la buena o la mala suerte de una persona. Esos ciclos son parte de la riqueza de la vida en la cual lo espiritual y financiero fluyen entre sí.
Haga a un lado las mortificaciones, porque luego que pase la tormenta, usted no sabe qué le deparará el futuro. Ponga en práctica todos estos pasos hacia la libertad financiera, porque en realidad usted no sabe a ciencia cierta cómo van a ocurrir las cosas, hasta que ocurran.

Paso 9: Reconozca la verdadera riqueza
La libertad financiera no depende de cuán rico usted sea en estos momentos; sino de darse cuenta que usted vale mucho más que su dinero. Usted ha logrado la libertad financiera cuando se da cuenta que usted puede ser rico con cualquier ingreso, ya que usted vale más que su automóvil o casa. La búsqueda del dinero sin ningún sentido, no tiene ningún valor.
Haga el siguiente ejercicio. En su casa, cuando esté solo, imagínese que está en una tienda, y que todo en su casa tiene un precio –lavadora, televisor, mesas, etc.- usted sabe lo que pagó por ellos, asígneles un precio basado en eso. ¿cuánto cree
usted que esos artículos costarían hoy en día?
Ahora deténgase a examinar las cosas que realmente le importan, las cosas que le traen recuerdos y que tienen un verdadero significado para usted. Aquellas cosas que le dejó su padre antes de morir, o el primer libro de poemas que le compró su esposa cuando eran novios. ¿Qué tipo de precio le pondría a este tipo de cosas? ¿Qué precio le pondría a su vida?
Al acumular dinero, viene la responsabilidad de usarlo sabiamente, y de saber lo que éste puede o no puede hacer.
Muchas personas millonarias que no disfrutan de su dinero y que no comparten el placer que éste pudiera darles, jamás llegarán a ser financieramente libres.
Por el contrario, las personas que quizás no tienen tanto dinero, pero que disfrutan enormemente de lo que cuidadosamente han acumulado, serán realmente libres. Es tiempo para que su futuro comience. Aplique las lecciones, vívalas, ya que la libertad financiera si esta a su alcance.

Fuente:
http://ayudadextraplus.masarticulos.com/9PasosHacialaLibertadFinanciera.pdf
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RENTAS VITALICIAS

En qué consiste Efectuar denuncias vinculadas a Seguros por Renta Vitalicia Previsional.
Efectos de la denuncia:-
Sanciones.-
Solución al problema.-
Ninguno: por ser inconsistente la denuncia.
Qué documentación se debe presentar.
Requisitos
1.- Fotocopia o número de la póliza.
2.- Detalles de la denuncia.
3.- Copias de cualquier correspondencia u otros papeles que sean de importancia.
4.- De realizarla a través de un representante, documentación que lo acredite.
Cómo se hace
1.- Personalmente: dirigiéndose a Avda. Pte. Julio A. Roca 721, Planta Baja, Derecha, Subgerencia de Relaciones con la Comunidad en el horario de 10:30 a 17:30.
2.- A través de la página web: http://www.ssn.gov.ar/, link "Orientación al Asegurado", "Denuncias". Cuánto vale Gratuito.
Quién puede/debe efectuarlo-
El titular.-
El representante legal: esta representación la puede realizar cualquier persona con la sola condición de acreditar la misma en forma fehaciente.
Cuándo es necesario realizarlo
Cuando se consideren vulnerados sus derechos.
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Se debería asistir UNA vez:
1.- Al momento de efectuar la denuncia.
De qué organismo depende
Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), Ministerio de Economía y Producción.
Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
Todas las denuncias recibidas se tratarán en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles. Observaciones
PARA SU PROTECCIÓN:
Una vez seleccionado el productor y la aseguradora, usted puede:
1.- Antes de firmar la Solicitud de Seguro, llamar a la Superintendencia de Seguros de la Nación y verificar que la aseguradora y el agente seleccionados tienen la autorización correspondiente para operar.
2.- Consultar en la Superintendencia de Seguros de la Nación sobre la situación económica y financiera de la entidad aseguradora, dirigiéndose:
a) Personalmente o por nota a Avda. Pte. Julio A. Roca 721 (C1067ABC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
b) Al teléfono (011) 4338-4000 Int. 1009 y 1022 en el horario de 10:30 a 17:30.
Para consultas en general:
1.- Telefónicamente: llamar al (011) 4338-4000, Int. 1013, 1016 y 1024
2.- Correo Electrónico: consultasydenuncias@ssn.gov.ar
3.- Personalmente: dirigiéndose a Avda. Pte. Julio A. Roca 721, Planta Baja, Derecha, Subgerencia de Relaciones con la Comunidad.
Stand de ventas:
En el stand de ventas de la Superintendencia de Seguros de la Nación podrá adquirir:
1.- Balance de Entidades Aseguradoras.
2.- Circulares y Comunicaciones.
3.- Normativa de materia Aseguradora.
4.- Publicaciones.
5.- Resoluciones Públicas. Ubicación: Avda. Pte. Julio A. Roca 721, Planta Baja, Derecha, Subgerencia de Relaciones con la Comunidad en el horario de 10:30 a 17:30.
Delegaciones en las cuales realizar el trámite
Superintendencia de Seguros de la Nación - Subgerencia de Relaciones con la Comunidad Información suministrada por: SSN - Superintendencia de Seguros de la Nación

Pension por Fallecimiento,

Pensión por fallecimiento. Derechohabientes - Art. 53 Ley 24,241
En caso de muerte del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad, gozarán de pensión los siguientes parientes del causante: La viuda, el viudo, la conviviente, el conviviente.
Los hijos soltero, las hijas solteras y las hijas viudas, siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente, todos ellos hasta los dieciocho (18) años de edad.
La limitación a la edad establecida en el inciso anterior no rige si los derechohabientes en encontraren incapacitados para el trabajo a la fecha de fallecimiento del causante o incapacitados a la fecha en que cumplieran dieciocho (18) años de edad.
Otros Vínculos Informativos:
http://www.ssn.gov.ar/Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/Monoproducto.htm http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/1%20Rentabilidad%20Bruta.htm
http://www.ssn.gov.ar/Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/2%20Tasa%20Garantizada.htm
http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/4%20Rentabilidad%20a%20Transferir.htm
http://www.ssn.gov.ar/Storage/rentavitalicia/Rentavilidades%20Brutas/3%20Reconocimiento%20Excedentes.htm
http://www.ssn.gov.ar/fwcm/index.asp?page=Modules/CentralSite/central_site.asp&url=http://www.ssn.gov.ar//Storage/rentavitalicia/SRVP-Introduccion.htm
Nota 1: Asegúrese de estar siendo asesorado por un Agente de Seguros matriculado en la Superintendencia de Seguros de la Nación, lo cual puede verificar consultando en
http://www.ssn.gov.ar/
Nota 2: Las Bonificaciones o “regalos” están prohibidos por Ley, sospeche cuando se los propongan. y efectue su denuncia, http://www.ssn.gov.ar/ link "Orientación al Asegurado", "Denuncias".